Se considera alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo establecido en
el capítulo I del título II de la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación, aquel que, por presentar necesidades educativas especiales,
por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades
intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por
condiciones personales o de historia escolar, requiere una atención educativa
diferente a la ordinaria para que pueda alcanzar el máximo desarrollo posible
de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con
carácter general para todo el alumnado.
A continuación, se
muestra un listado. Pincha para ver las
medidas de apoyo para estos alumnos.
- ADAPTACIONES CURRICULARES
- TRASTORNOS GRAVES DE CONDUCTA
- SORDOCEGUERA
- ALTAS CAPACIDADES
- TGD
- TDA-H
- DIFICULTADES MOVILIDAD
- AUDITIVOS
- DISCAPACIDAD INTELECTUAL
- ENFERMEDADES RARAS Y CRÓNICAS
- APOYOS EN EBO
¿cómo trabajar las Necesidades Educativas que presentan?
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